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Regulación CNV de PIC FAL: operatividad de fondos laborales

Se publica el proyecto de reglamentación CNV para los PIC FAL, instrumentos de la Ley 27.802, y se detalla a quiénes afecta, plazos y pasos para los estudios contables.

14 de agosto de 2026 · 4 min de lectura

Documento de proyecto de reglamentación CNV para los PIC FAL

La Comisión Nacional de Valores (CNV) dio a conocer el proyecto de reglamentación que define el funcionamiento de los Productos de Inversión Colectiva – Fondos de Asistencia Laboral (PIC FAL). La norma, que complementa la Ley de Modernización Laboral 27.802 y su Decreto reglamentario 408/2026, tiene relevancia directa para los estudios contables que asesoran a empleadores, ya que introduce una nueva forma de gestionar las contribuciones de los fondos de asistencia laboral.

Qué cambió con el proyecto de reglamentación

El proyecto establece los requisitos operativos y estructurales que deben cumplir las Entidades Habilitadas (EH) para administrar los PIC FAL. Entre los principales cambios destacan:

  • Tipología de vehículos: los PIC FAL podrán estructurarse como Fondo Común de Inversión Abierto (FCIA FAL) o como Fideicomiso Financiero (FF FAL).
  • Cuenta individual del empleador: ya no se trata de una simple cuenta bancaria, sino de una cuenta individualizada dentro del vehículo de inversión, con registro de aportes y rendimientos.
  • Obligatoriedad de canalización: los empleadores deben depositar las contribuciones obligatorias al fondo de asistencia laboral exclusivamente a través del PIC FAL designado.
  • Transparencia y reporting: las EH deberán entregar informes periódicos a los empleadores y a la AFIP, detallando la evolución de los fondos y la disponibilidad de recursos.

A quiénes alcanza la normativa

El alcance del proyecto está delimitado por la propia Ley 27.802, que establece que los fondos de asistencia laboral son obligatorios para ciertos empleadores. En la práctica, se ven involucrados:

  • Empresas con más de 100 empleados que estén obligadas a constituir un fondo de asistencia laboral.
  • Empleadores que, por convenio colectivo, hayan adoptado la figura del fondo de asistencia laboral, sin importar el número de empleados.
  • Entidades Habilitadas (bancos, sociedades de gestión de fondos, fiduciarias) que administrarán los PIC FAL.
  • Estudios contables y asesores que brindan el soporte contable y fiscal a los empleadores.

Plazos y vencimientos

El proyecto de reglamentación establece un calendario de implementación:

  • Publicación oficial: prevista para el 30 de septiembre de 2026, fecha en la que la CNV remitirá la norma al Boletín Oficial.
  • Periodo de adaptación: los empleadores y las EH dispondrán de 180 días calendario a partir de la publicación para adecuar sus sistemas y procesos.
  • Primer vencimiento de aportes: los empleadores deberán efectuar el primer depósito al PIC FAL antes del 30 de junio de 2027, correspondiente al ejercicio fiscal 2026.
  • Reportes trimestrales: las EH estarán obligadas a presentar informes a la CNV y a la AFIP cada tres meses, iniciando el primer trimestre de 2027.

Qué deben hacer los estudios contables

Para que sus clientes cumplan con la nueva normativa, los estudios contables deben seguir una serie de pasos:

  • Mapear la cartera: identificar qué clientes están obligados a crear un fondo de asistencia laboral según la Ley 27.802 o convenios colectivos.
  • Seleccionar la entidad habilitada: asesorar al empleador en la elección entre un FCIA FAL o un FF FAL, evaluando costos, plazos y requisitos de cada opción.
  • Implementar la cuenta individual: coordinar con la EH la apertura de la cuenta individual del empleador y asegurar que el plan de aportes quede correctamente configurado.
  • Actualizar procedimientos internos: incluir en los flujos de trabajo de nómina y de pagos la canalización obligatoria de los aportes al PIC FAL.
  • Capacitar al personal: formar al equipo de recursos humanos del cliente sobre los nuevos requerimientos de documentación y reporting.
  • Monitorear vencimientos: crear alertas en los sistemas contables para cumplir con los plazos de depósito y presentación de informes.

En síntesis, la regulación de la CNV transforma la forma en que se gestionan los fondos de asistencia laboral, obligando a los empleadores a operar a través de instrumentos de inversión colectiva. Los estudios contables deben anticiparse, mapear a los clientes afectados, y acompañarlos en la apertura y gestión de las cuentas individuales, garantizando el cumplimiento de los plazos y la correcta presentación de la información requerida.

Desde la práctica diaria, la novedad implica una mayor carga de trabajo inicial para la estructuración de los PIC FAL, pero también abre la posibilidad de optimizar la rentabilidad de los fondos mediante la gestión profesional de los vehículos de inversión. Los estudios que incorporen rápidamente los procedimientos descritos estarán en posición de ofrecer un valor añadido a sus clientes y de evitar sanciones por incumplimiento.

#PIC FAL#CNV#Ley 27.802#fondos de asistencia laboral#contabilidad

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Nota de elaboración propia a partir de fuentes públicas. No reproduce el contenido original.

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